El próximo 31 de julio de 2025 vence el plazo legal para que los propietarios de vehículos en Guatemala cumplan con el pago del Impuesto sobre Circulación de Vehículos (ISCV), correspondiente al presente año fiscal. Esta obligación tributaria está regulada por la Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos, Decreto 70-94, que establece con claridad que el pago debe realizarse dentro del período comprendido entre el 1 de enero y el último día de julio. Hasta el momento, no existe ninguna prórroga oficial que extienda ese plazo.
Con el plazo acercándose, las autoridades fiscales han destacado la relevancia de cumplir con esta obligación para prevenir sanciones y problemas. La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) señaló que aquellos que no efectúen el pago en el plazo previsto se arriesgan a una penalización del 100 % del total del impuesto, además de cargos por intereses diarios. Esta multa puede disminuirse hasta un 25 % si el pago se realiza voluntariamente antes de recibir una notificación formal de cualquier medida administrativa.
Si no se abona el impuesto en un periodo de tres años consecutivos, el automóvil corre el riesgo de ser desactivado en el sistema y perderá el permiso para transitar legalmente. Este procedimiento pretende promover la responsabilidad fiscal y también actualizar el registro vehicular nacional, el cual todavía tiene inscripciones de vehículos que no están en uso.
Al 2 de julio, solo un 39 % del parque vehicular guatemalteco estaba solvente con el pago del impuesto. Este porcentaje representa más de 1.6 millones de vehículos. El 61 % restante aún no había cumplido con su obligación, lo que ha generado cierta preocupación entre las autoridades por el posible colapso en las plataformas de pago durante los días finales del mes.
Hasta ese momento, la SAT indicó que se había recaudado aproximadamente Q524 millones, lo cual equivale al 42.7 % del objetivo para todo el año. La entidad ha incrementado sus acciones de comunicación para motivar a los contribuyentes a evitar las largas esperas en los bancos y los errores de último minuto.
El procedimiento para efectuar el pago del ISCV es completamente digital y se realiza a través de la plataforma Declaraguate. El usuario debe ingresar el número de placa del vehículo y el NIT o CUI del propietario, llenar el formulario SAT-4091, validarlo, congelarlo y generar la boleta SAT-2000 para efectuar el pago. Este puede hacerse en línea o a través de agencias bancarias autorizadas. Una vez cancelado el monto, se debe imprimir la calcomanía digital que certifica la solvencia del vehículo.
Pese a que en años anteriores se ha aprobado una extensión del plazo para pagar el impuesto —como ocurrió en 2024—, hasta el momento no se ha emitido ningún decreto que respalde una prórroga para 2025. Si bien en el Congreso de la República circulan iniciativas que proponen ampliar el periodo hasta el 30 de septiembre, estas aún no han sido aprobadas, por lo que el 31 de julio sigue siendo la fecha oficial vigente.
Las autoridades solicitan a los dueños de automóviles que eviten dejar todo para el final, ya que el sistema digital y las entidades bancarias tienden a tener mucha demanda al cierre del mes. Asimismo, es aconsejable asegurarse de que no haya multas o deudas por infracciones de tráfico, puesto que estas pueden dificultar la obtención de la calcomanía necesaria, aun cuando el impuesto haya sido liquidado.
El cumplimiento de esta obligación tributaria no solo es un requisito legal, sino que también permite a los usuarios mantener su vehículo en regla, evitar contratiempos ante operativos policiales y contribuir a las finanzas públicas del país. La SAT y otras entidades gubernamentales han reiterado que no habrá excepciones si el pago no se realiza dentro del plazo establecido.

