Empresa offshore en Panamá: obligaciones tras la constitución y diferencias con una operativa

Empresa offshore en Panamá: obligaciones tras la constitución y diferencias con una operativa


Constituir una empresa offshore en Panamá exige adoptar decisiones que rebasan la simple formalidad jurídica. La clase societaria, el alcance operativo y la procedencia de los caudales figuran entre los elementos que definen cuál configuración corporativa conviene más. Dentro del abanico de opciones, las compañías extraterritoriales y las sociedades operativas atienden requerimientos diversos y poseen cargas fiscales o administrativas específicas.

Conocer estas distinciones ayuda a prevenir fallos al estructurar una empresa y delimitar sus obligaciones administrativas y tributarias. Legal Solutions Panamá brinda orientación en materia de conformación societaria y diseño corporativo, con prestaciones enfocadas en determinar la alternativa legal que mejor se acople a las metas y características de cada iniciativa.

¿Cuáles son las diferencias entre una empresa offshore y una sociedad operativa?

En Panamá, la legislación no contempla una figura jurídica denominada formalmente «sociedad offshore». El término se utiliza para describir a una sociedad, generalmente anónima, cuyas actividades económicas se desarrollan o producen efectos fuera del territorio panameño.

En contraposición, una sociedad operativa se enfoca en llevar a cabo operaciones comerciales o brindar servicios de manera directa en Panamá. Dicha distinción condiciona cuestiones tales como el régimen fiscal, las autorizaciones requeridas y los deberes contables.

Aspecto Sociedad offshore Sociedad operativa
Origen de los ingresos Fuera de Panamá Total o parcialmente dentro de Panamá
Impuesto sobre la renta en Panamá No grava la renta de fuente extranjera (art. 694 del Código Fiscal) Tributa sobre la renta de fuente panameña
Aviso de operaciones No aplica Necesario para operar en el país
Tasa única anual USD 300 USD 300
Contabilidad Registros contables y copia anual al agente residente (Ley 52 de 2016, reformada por la Ley 254 de 2021) Contabilidad y declaraciones ante la Dirección General de Ingresos (DGI)

Por ejemplo, una compañía que vende mercancías a compradores internacionales y efectúa sus actividades fuera de Panamá tiene la opción de contemplar un esquema offshore. En contraparte, una empresa que presta servicios en el mercado local, contrata personal en el país o percibe ganancias mediante gestiones ejecutadas en suelo panameño necesita analizar una compañía operativa.

¿Qué negocios pueden constituir una empresa offshore en Panamá?

Una estructura offshore en Panamá puede ser una alternativa para diferentes modelos de negocio que desarrollan actividades internacionales. Entre los casos que suelen analizarse se encuentran:

  • Empresas dedicadas al comercio internacional.
  • Sociedades holding para administrar inversiones o participaciones.
  • Negocios digitales con clientes en diferentes países.
  • Consultoras que ofrecen servicios a empresas extranjeras.
  • Inversionistas que buscan organizar activos o desarrollar proyectos internacionales.

A pesar de ello, el dinamismo mercantil no constituye el único elemento que define la conveniencia de este esquema. Asimismo, resulta imperativo analizar las cargas impositivas de los titulares, sobre todo si habitan en el extranjero. Crear una compañía en Panamá no suprime las obligaciones fiscales vigentes en la jurisdicción de residencia fiscal de los dueños.

Panamá y su marco regulatorio para las sociedades internacionales

Panamá dispone de un sólido marco normativo empresarial. La Ley 32 de 1927, que regula las sociedades anónimas, continúa vigente, al tiempo que el uso del dólar estadounidense como moneda de curso legal simplifica las transacciones mercantiles efectuadas en dicha moneda y previene la exposición al riesgo cambiario derivada de su conversión.

Asimismo, cabe destacar la territorialidad del régimen fiscal panameño, la cual se encuentra consagrada en el artículo 694 del Código Fiscal:

«Es objeto de este impuesto la renta gravable que se produzca, de cualquier fuente, dentro del territorio de la República de Panamá sea cual fuere el lugar donde se perciba».

Artículo 694 del Código Fiscal de Panamá (cuya vigencia fue restablecida por medio de la Ley 1 de 2014).

A este panorama se integran nuevas normativas de cumplimiento. La Ley 526 del 28 de mayo de 2026 (Gaceta Oficial 30534-B) fija exigencias de sustancia económica para ciertas entidades pertenecientes a conglomerados multinacionales que perciben rentas pasivas de fuente extranjera. Dichas medidas serán aplicables a partir del periodo fiscal 2027.

También resulta relevante comprender la posición de Panamá ante las principales listas internacionales:

Lista Situación a septiembre de 2026 Implicaciones
Lista gris del GAFI Panamá salió el 27 de octubre de 2023 Ya no está sometido al seguimiento intensificado en materia de blanqueo de capitales.
Lista de la UE de países de alto riesgo en blanqueo de capitales Panamá salió en marzo de 2024 Dejó de figurar como jurisdicción con deficiencias estratégicas en prevención de blanqueo.
Lista de la UE de jurisdicciones no cooperadoras a efectos fiscales Panamá continúa incluido tras la revisión del 17 de febrero de 2026. La siguiente revisión está prevista para octubre de 2026. Algunas contrapartes europeas aplican controles adicionales. En España, por ejemplo, los sujetos obligados en prevención de blanqueo deben tratar estas jurisdicciones como de alto riesgo.

¿Cómo se constituye una sociedad en Panamá?

El proceso de constitución requiere cumplir una serie de pasos legales y administrativos. Aunque los requisitos pueden variar según las características de cada proyecto, generalmente se contemplan las siguientes etapas:

Etapa Procedimiento Quién interviene
1. Análisis del negocio Se determina la actividad económica, las naciones de operación y la residencia fiscal de los beneficiarios. Cliente y abogado
2. Debida diligencia Se entregan las identificaciones, comprobantes de domicilio y justificaciones de fondos. Conforme a la Ley 23 de 2015, el agente residente tiene la obligación de conocer a su cliente. Cliente y agente residente
3. Nombre y pacto social Se comprueba la disponibilidad de la denominación en el Registro Público y se redacta el pacto social contemplando la información societaria, la finalidad, el capital social, los directores, dignatarios, el agente residente y el plazo de vigencia. Abogado
4. Escritura e inscripción Se eleva a escritura pública el pacto social ante notario para su posterior registro en la Sección Mercantil del Registro Público. Mediante este registro, la entidad obtiene su personalidad jurídica. Notario y Registro Público
5. Puesta en marcha Se procede a la emisión de acciones, la confección del registro accionario, la declaración del beneficiario final por medio del agente residente (Ley 129 de 2020), la obtención de las apostillas requeridas y la gestión para abrir una cuenta bancaria. Abogado, agente residente y banco

El proceso constitutivo suele completarse en unos cinco días hábiles. Sin embargo, la apertura de la cuenta bancaria constituye un trámite completamente independiente, cuyos plazos varían según los protocolos y exigencias particulares de cada institución financiera.

¿Qué estructuras corporativas existen en Panamá?

La elección de una empresa offshore o una sociedad operativa también exige definir qué estructura societaria se alinea mejor con las metas de la compañía. Dentro del abanico de opciones que contempla la normativa de Panamá, destacan:

Estructura Base legal Uso habitual
Sociedad anónima (S.A.) Ley 32 de 1927 Holding, comercio internacional y tenencia de activos.
Sociedad de responsabilidad limitada (S. de R.L.) Ley 4 de 2009 Negocios con pocos socios que prefieren una gestión más directa.
Fundación de interés privado Ley 25 de 1995 Planificación patrimonial y sucesoria.

Cada modalidad cuenta con particularidades muy definidas respecto a su gestión, operatividad y propósito. Por esta razón, la elección tiene que basarse en los requerimientos genuinos de la operación y no limitarse solo a los gastos de establecimiento.

¿Cuáles son las responsabilidades que asume una sociedad offshore tras su creación?

Abrir una sociedad offshore no exime de cumplir con diversas responsabilidades administrativas y legales. Tras su creación, resulta indispensable atender puntualmente varias obligaciones:

Obligación Requisitos
Tasa única USD 300 anuales (USD 400 para las fundaciones), pagaderos durante el semestre correspondiente a la fecha de constitución.
Agente residente Conservar a un abogado o bufete de abogados panameño en calidad de agente residente.
Registros contables Conservar la contabilidad acompañada de sus respectivos comprobantes, guardarla durante cinco años y remitir una copia al agente residente a más tardar el 30 de abril.
Beneficiario final El agente residente inscribe a las personas que ejercen el control sobre la empresa en el Registro Único de Beneficiarios Finales. Este registro tiene carácter confidencial.
Sustancia económica Las compañías pertenecientes a ciertos conglomerados multinacionales están obligadas a demostrar sustancia en Panamá si perciben rentas pasivas de fuente extranjera.

El cumplimiento de estas obligaciones permite mantener la sociedad en regla y evitar inconvenientes derivados de omisiones administrativas o regulatorias.

¿Cómo elegir entre una empresa offshore y una sociedad operativa en Panamá?

Una arquitectura empresarial sólida simplifica la gestión de las operaciones mercantiles y ayuda a cumplir con los compromisos normativos en cada jurisdicción. Por tal motivo, previo a constituir una compañía en Panamá, es importante analizar el plan comercial, la procedencia de los fondos, la residencia fiscal de los beneficiarios y las exigencias que la entidad tendrá que satisfacer en su día a día.

Especializada en transacciones internacionales, organización corporativa y creación de compañías, Legal Solutions Panamá destaca por estructurar corporaciones y diseñar marcos legales adaptados a los requerimientos de cada iniciativa. Dicho respaldo abarca tanto los trámites jurídicos iniciales como las obligaciones indispensables para asegurar que la entidad permanezca al día.

Por Sebastián Silva